Alumnos de sexto año “A” y “B” del Instituto Educacional José Hernández tuvieron este viernes una clase especial para profundizar conocimientos sobre las elecciones del próximo domingo 12 mayo, en las cuales se elegirá gobernador para el período 2019-2023, se le dará forma a la Legislatura Provincial y se definirán los mandatarios municipales de 243 localidades, entre otros cargos.

La clase estuvo a cargo de las docentes de Administración y Sistemas de Información Contable. Entre otros temas, se detallaron diversos temas referidos a los comicios del próximo domingo: qué cargos de votan, cómo se emite el sufragio, qué particularidades tiene la Boleta Única de Sufragio (BUS), a partir de qué edad es obligatorio votar y cómo consultar el padrón de la Justicia Electoral.

 

CÓMO CONSULTAR EL PADRÓN

Hacé clic sobre la imagen e ingresá al sitio creado especialmente por el Fuero Electoral del Poder Judicial de la Provincia de Córdoba.

 


SIMULADOR DE LA BOLETA ÚNICA DE SUFRAGIO (BUS)

Hacé clic sobre la imagen y navegá por el instructivo diseñado por el Fuero Electoral del Poder Judicial de la Provincia de Córdoba.


LA BOLETA ÚNICA PARA LA CIUDAD DE CÓRDOBA

Hacé clic sobre la imagen y conocé cada detalle de la Boleta Única de Sufragio (BUS) con la que se votará en la ciudad de Córdoba el domingo 12 de mayo.


QUÉ SE VOTA

  • En toda la provincia: Gobernador y vice; Legislador por distrito único; Legislador departamental y Tribunal de Cuentas Provincial.
  • En la ciudad de Córdoba: Intendente, vice y concejales y Tribunal de Cuentas Municipal.

QUIÉNES VOTAN

Son electores provinciales los ciudadanos argentinos con domicilio en la Provincia de Córdoba, mayores de 16 años de edad hasta el día de la elección y que reúnan los requisitos exigidos por la presente Ley; todos los ciudadanos que tengan 18 años o más a la fecha de la elección nacional, tienen el derecho y el deber cívico de votar; es optativo y no obligatorio el voto para los menores de 18 y mayores de 70 años.

Son también electores provinciales los extranjeros que teniendo una residencia permanente y continua en la Provincia de Córdoba superior a cinco (5) años, soliciten voluntariamente -ante el Juzgado Electoral- su incorporación en el fichero correspondiente.